1. La Fundación para el desarrollo de la cuchillería tiene como objeto genérico la promoción y el desarrollo de la industria cuchillera de Albacete y, en particular, la mejora de la calificación profesional de los trabajadores, el fomento económico del sector, la investigación y el desarrollo de la cuchillería, y la difusión de su identidad cultural e Histórica.


2. Para cumplir sus fines la Fundación para el desarrollo de la cuchillería promoverá por cualquier medio de posible eficacia la mejora de la calificación de los trabajadores del sector, la investigación, la innovación tecnológica y la realización de actividades culturales.

3. La Fundación para el desarrollo de la cuchillería puede, en ejercicio de su propia actividad, que se desarrollara de ordinario en la ciudad de Albacete, construir, financiera, o utilizar por cualquier titulo legal centros de formación profesional, centros de investigación y museos; promover la realización de estudios; editar publicaciones; y, en general, llevar a cabo cualquier acción pertinente para el cumplimiento de sus fines.